En una entrada hace unos días, presentaba mi traducción de un editorial de The New York Times sobre el juicio a Garzón. Naciones Unidas ha expresado también su preocupación por las implicaciones que puede tener el juicio sobre la independencia judicial y la investigación de crímenes de lesa humanidad. En España hay más de 100.000 casos de desapariciones forzadas que ocurrieron durante la Guerra Civil y durante el régimen de Franco. Al juez se le acusa de exceder su competencia al haber admitido a trámite y por investigar casos de crímenes contra la humanidad relativas a desapariciones forzadas ocurridas entre 1936 y 1951.
El fiscal del Estado había solicitado la suspensión de la causa contra el juez una semana después de que comenzara la fase oral del juicio, pero el Tribunal Supremo la rechazó.
La Relatora Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Gabriela Knaul, y los cinco expertos independientes del Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias, lamentan que se le pueda condenar al juez Garzón por abrir una investigación de acuerdo con las obligaciones de España de investigar violaciones de derechos humanos y de conformidad con los principios del derecho internacional.
«La defensa del estado de derecho requiere un compromiso incondicional con la justicia y los derechos humanos. En el pleno respeto de la independencia y autonomía de la judicatura, los supuestos errores en decisiones judiciales no deben ser motivo para la suspensión de un juez y, menos aún, para el inicio de un proceso penal», observó la Relatora Especial. «La autonomía en la interpretación de la ley es un elemento fundamental en el papel del juez y para el avance de los derechos humanos».
Insistía también en la importancia que tiene que un juez pueda actuar sin temor a ejercer con independencia sus funciones, aunque tenga que rendir cuentas de ellas. Aun así, recuerda que «todas las medidas que se tomen al respecto tienen que ajustarse a las normas y salvaguardias necesarias, incluyendo los Principios Básicos relativos a la Independencia de la Judicatura».
El Grupo de Trabajo sobre las desapariciones forzadas enfatizó que «la desaparición forzada es un delito continuado y una vulneración permanente de los derechos humanos mientras no se hayan esclarecido la suerte y el paradero de las víctimas».
Desde hace meses, distintos expertos independientes se han opuesto al juicio.
«Se puede investigar mientras no se haya aclarado la suerte de la víctima de una desaparición forzada», notaron los expertos de derechos humanos. «La reconciliación entre el Estado y las víctimas de desapariciones forzadas no puede suceder sin el esclarecimiento de cada caso individual, y una ley de amnistía no debe permitir el término de la obligación del Estado de investigar, enjuiciar y sancionar a los responsables de las desapariciones».
El Grupo de Trabajo concluye que los familiares de las víctimas tienen derecho a que se sepala verdad. Porque la memoria forma parte de la justicia, como sostenía el subcomandante Marcos.
Carlos Miguélez Monroy
Periodista